La urgencia de aprobar la norma secundaria de calidad ambiental del río Valdivia frente al lobby en su contra
Las Normas Secundarias de Calidad Ambiental (NSCA) establecen, a escala de cuencas, los valores de concentración máximos permitidos de sustancias o elementos potencialmente peligrosos o contaminantes en el agua. Sobrepasar dichos parámetros, puede constituir un riesgo para la protección y preservación del medio ambiente, y deterioro de la calidad del agua para consumo humano. Durante estos días, y tras un fuerte lobby en su contra, se debiera votar en el Comité de Ministros la aprobación de la NSCA del río Valdivia, al mismo tiempo que el gobierno empuja la nominación oficial de Valdivia como Ciudad Humedal de la Convencion RAMSAR.
La historia de la implementación de la NSCA ha sido un camino sinuoso y forzosamente dilatado. El año 2005, posterior al inicio del proceso judicial por el daño ambiental generado por la Celulosa Arauco (en 2004), el Ministerio del Medio Ambiente impulsó la elaboración de una Norma Secundaria de Calidad Ambiental para esta cuenca. Recién en 2015, la norma fue aprobada y publicada pero, meses después, la Corporación para el Desarrollo de la Región de Los Ríos (CODEPROVAL) reclamó ante el Tercer Tribunal Ambiental de Valdivia, argumentando que dicha norma sería inconstitucional, ilegal y arbitraria.
En 2017, la justicia deroga esta norma y comienza nuevamente su elaboración, considerando una consulta indígena y una nueva revisión técnica. En 2023, el Ministerio del Medio Ambiente termina la elaboración de la normativa y presenta su contenido en consejo ampliado.
Esperamos que ahora, durante marzo de 2024, y 20 años después de ocurrido el desastre ambiental del río Cruces y de una larga historia de defensa ciudadana, la norma sea aprobada por el Comité de Ministros para la Sustentabilidad y Cambio Climático.
Durante el segundo semestre de 2023, CODEPROVAL nuevamente arremete por la vía administrativa con observaciones que indican supuestas deficiencias en la elaboración de la norma, con un extenso informe basado en realidades de cuencas de otras regiones, criticando el sustento técnico de la definición de parámetros, y la metodología utilizada en la elaboración del informe de Análisis General de Impacto Económico y Social (AGIES), elaborado por el Ministerio. Estas críticas se sustentan en lo que sería el impacto y consecuencias económicas que, según ellos, generaría esta norma a nivel local, como el cierre de industrias y la pérdida de 20 mil puestos de trabajo.
La respuesta del Ministerio fue fuerte y clara. Es erróneo comparar normas secundarias de calidad ambiental de otros ríos y regiones, con las condiciones que pueda tener el río Valdivia, ya que cada territorio tiene cualidades específicas que no se pueden homologar entre si. Comparar con ríos como el Aconcagua, en la Quinta Región, sería comparar “peras con manzanas”, dicho coloquialmente.
El Ministerio afirma que la protección de las aguas del río Valdivia es una prioridad, dada su importancia para el desarrollo económico de la región, refiriéndose al turismo, pesca recreativa, acuicultura, y abastecimiento de agua potable, sobretodo, en un contexto de disminución de precipitaciones durante un largo tiempo, que amenaza con una crisis hídrica a la región.
En efecto, lo que hace la norma es establecer parámetros y obligar a las instituciones del Estado a realizar seguimiento de ellos para mantener la calidad del agua, en torno al estándar que se indique y según mediciones recientes. Si dichos parámetros están excedidos en alguna parte de la cuenca, es decir, afecta la calidad del agua de manera constante, durante dos años, se declarará “zona saturada o latente a aquellas áreas de vigilancia donde se supere la norma en uno o más parámetros”. Ante estas circunstancias se deberá constituir un comité, con representación de todos los usuarios de agua del sector en cuestión, para generar un plan de descontaminación que determine las medidas perminentes para recuperar la calidad del agua, sin que esto implique, necesariamente, el cierre de empresas o la pérdida de empleos.
Además, el establecimiento de aquellos parámetros está basado en la Guía para la Elaboración de Normas Secundarias del Ministerio de Medio Ambiente, cada uno de los cuales debe estar fundamentado técnicamente.
En este sentido, las normas secundarias no establecen ningún tipo de regulación o carga adicional para las empresas que operan en el territorio, las que seguirán afectas solamente a la norma primaria de emisión vigente, y a sus respectivas Resoluciones de Calificación Ambiental (RCA). Como lo mencionamos anteriormente, la NSCA sólo establece la obligación del Estado de monitorear la calidad del agua en el río para detectar, de manera temprana, las eventuales situaciones de contaminación que pudieran ocurrir, y donde las soluciones se elaboren de manera participativa, al menor costo económico y social posible.
Creemos que la NSCA para el río Valdivia es fundamental para asegurar la integridad de sus aguas, tal y como la conocemos a la fecha; permitirá seguir avanzando en la recuperación ecológica del río luego de la gran contaminación del 2004; y jugará un rol importante para asegurar el abastecimiento y la calidad de agua potable para cientos de miles de personas, permitiendo además, enfrentar de manera estratégica las amenazas provenientes del cambio climático, el aumento de población y llegada de nuevos usos y actividades productivas a la región.
Finalmente, por estos días el Estado de Chile, con gestiones lideradas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio del Medio Ambiente y autoridades locales de Valdivia, solicitó a la Convención Ramsar reconocer a la ciudad de Valdivia como “Ciudad Humedad”, mención que sería entregada por primera vez a una ciudad de América del Sur, lo que sin duda viene a potenciar la puesta en valor del río, y reconoce un gran número de hitos que se han realizado para la protección de sus humedades. Sin embargo, consideramos que tal nominación no puede entenderse si el río no cuenta con normas mínimas de calidad de agua, como la norma secundaria. Confiamos que el Comité de Ministros priorizará el medio ambiente y el bienestar de los ciudadanos con un enfoque de largo plazo, y actuará en coherencia aprobando dicha norma.